El Registro de funcionarios habilitados (RFH), regulado por el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite recoger a los funcionarios que se habiliten por parte de la Diputación de Almería para actuar en nombre de los ciudadanos que deseen actuar en procedimientos electrónicos ante esta administración y que no dispongan de firma electrónica o medios para su identificación.
Así mismo permite incorporar aquellos procedimientos, trámites o servicios electrónicos cuyos órganos propietarios o gestores decidan habilitar para su ejercicio por funcionarios habilitados en representación del ciudadano (persona física).
De conformidad con el art. 9 del Reglamento de Administración Electrónica de la Diputación (BOP núm. 241 de 20/12/2021), el nombramiento y cese de estos funcionarios se efectúa por Decreto de la Presidencia de la Diputación.
Consulta de Funcionarios Habilitados